LexTotal

Legislación › Ley 1/2024, de 27 de junio, por la que se regula la libertad educativa.

Disposición adicional cuarta. Situaciones excepcionales relativas al requisito lingüístico del profesorado.

Disposición adicional cuarta. Situaciones excepcionales relativas al requisito lingüístico del profesorado.

El personal docente funcionario de carrera con destino en otras comunidades autónomas que solicite obtener un destino en comisión de servicios en la Comunitat Valenciana, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 17.1 de esta ley, deba acreditar un determinado nivel de conocimiento del valenciano para impartir docencia, y no disponga del mismo, podrá excepcionalmente obtener el destino por un periodo máximo de 4 años, siempre que su solicitud de comisión de servicios se encuentre motivada en causas sociales o traslado de la unidad familiar a la Comunitat Valenciana.

← Disposición adicional tercera Índice Disposición adicional quinta →