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Legislación › Ley Foral 12/2024, de 30 de septiembre, por la que se establece el sistema de carrera profesional del personal sanitario adscrito al Departamento de Salud y sus organismos autónomos, excluidos personal facultativo especialista, otro personal facultativo sanitario y personal diplomado sanitario.

Disposición adicional primera. Cuantías del complemento de carrera profesional.

Disposición adicional primera. Cuantías del complemento de carrera profesional.

1. La cuantía anual del complemento de carrera profesional se establece en función de la titulación y el estamento de adscripción y queda determinado de la siguiente forma:

– Estamentos del nivel C:

Nivel I: 1.652,98 euros.

Nivel II: 3.305,96 euros.

Nivel III: 4.958,94 euros.

Nivel IV: 6.611,92 euros.

– Estamentos del nivel D con titulación:

Nivel I: 1.414,84 euros.

Nivel II: 2.829,68 euros.

Nivel III: 4.244,52 euros.

Nivel IV: 5.659,36 euros.

– Estamentos del nivel D sin titulación:

Nivel I: 1.223,32 euros.

Nivel II: 2.446,64 euros.

Nivel III: 3.669,96 euros.

Nivel IV: 4.893,28 euros.

2. Las cuantías señaladas en el apartado anterior serán actualizadas anualmente con el porcentaje de incremento que establezcan las sucesivas Leyes Forales de Presupuestos Generales de Navarra para las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

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