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Legislación › Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible.

Disposición adicional octava. Seguimiento de la norma.

Disposición adicional octava. Seguimiento de la norma.

En el plazo de dos años desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta ley, el Gobierno convocará a los ministerios competentes, las comunidades autónomas y las plataformas, asociaciones o colectivos de personas incluidas en su ámbito de aplicación, con el objetivo de efectuar un análisis compartido sobre el cumplimiento de la finalidad y objeto de la misma.

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