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Real Decreto 1118/2024, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Administración Digital.
En vigor Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Publicada el 6 de noviembre de 2024 · Último cambio el 12 de junio de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo único. Aprobación del Estatuto de la Agencia Estatal de Administración Digital.
- Disposición adicional primera. Constitución efectiva de la Agencia Estatal de Administración Digital y supresión de la Secretaría General de Administración Digital.
- Disposición adicional segunda. Coordinación funcional de las unidades de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC).
- Disposición adicional tercera. Incorporación de personal de la Secretaría General de Administración Digital.
- Disposición adicional cuarta. Determinación de recursos humanos y presupuestarios de las unidades TIC necesarios para la prestación de los servicios comunes y transversales que sean competencia de la Agencia.
- Disposición adicional quinta. Valoración de puestos.
- Disposición adicional sexta. Contraprestación por las actividades de la Agencia. 2 redacciones · cambió el 12/06/2026
- Disposición adicional séptima. Protección de datos personales.
- Disposición adicional octava. Presidencia del Gobierno. 2 redacciones · cambió el 12/06/2026
- Disposición adicional novena. Ministerio de Hacienda.
- Disposición adicional décima. Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Disposición adicional undécima. Intervención General de la Administración del Estado.
- Disposición adicional duodécima. Régimen en materia de contratación electrónica y de contratación centralizada.
- Disposición adicional decimotercera. Gerencia de Informática de la Seguridad Social.
- Disposición adicional decimocuarta. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
- Disposición adicional decimoquinta. Administración de Justicia.
- Disposición adicional decimosexta. Ministerio de Defensa y Centro Nacional de Inteligencia.
- Disposición adicional decimoséptima. Sistema Nacional de Salud.
- Disposición adicional decimoctava. Exclusión de propuesta de declaración como transversales de determinados medios y servicios.
- Disposición adicional decimonovena. Régimen jurídico de los órganos colegiados.
- Disposición adicional vigésima. Supresión de órganos de la Agencia Estatal de Administración Digital.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de la Dirección de la Agencia.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de los órganos y de las unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior al de subdirección general encuadrados en los órganos suprimidos.
- Disposición transitoria tercera. Plan de Transición.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen presupuestario y de rendición de cuentas transitorio.
- Disposición transitoria quinta. Expedientes, obligaciones, contratos y gastos.
- Disposición transitoria sexta. Plan inicial de actuación y aprobación del Contrato inicial de gestión.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Atribución y subrogación de competencias.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
- Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
- Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.
- Disposición final quinta. Habilitación normativa.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- [firma]
- ESTATUTO
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Naturaleza jurídica, adscripción y sede.
- Artículo 2. Fines de la Agencia.
- Artículo 3. Régimen jurídico.
- Artículo 4. Principios de actuación de la Agencia.
- Artículo 5. Colaboración administrativa.
- Artículo 6. Disposiciones y actos administrativos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 7. Funciones.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 8. Órganos de gobierno.
- Artículo 9. La Presidencia.
- Artículo 10. El Consejo Rector.
- Artículo 11. Funciones del Consejo Rector.
- Artículo 12. La Secretaría del Consejo Rector.
- Sección 2
- Artículo 13. La Dirección. 2 redacciones · cambió el 12/06/2026
- Sección 3
- Artículo 14. La Comisión de Control.
- Sección 4
- Artículo 15. Estructura básica. 2 redacciones · cambió el 12/06/2026
- Artículo 16. La Dirección de Administración Digital. 2 redacciones · cambió el 12/06/2026
- Artículo 17. La Dirección de Prestación de Infraestructuras y Operaciones. 2 redacciones · cambió el 12/06/2026
- Artículo 18. La Dirección de Ciberseguridad. 2 redacciones · cambió el 12/06/2026
- Artículo 18 bis. La Dirección de Tecnologías Disruptivas e Integridad de los Datos.
- Artículo 19. Secretaría General. 2 redacciones · cambió el 12/06/2026
- CAPÍTULO IV
- Artículo 20. Naturaleza y finalidad.
- Artículo 21. Contenido.
- Artículo 22. Modificaciones y adaptaciones anuales.
- CAPÍTULO V
- Artículo 23. Contratación.
- Artículo 24. Régimen patrimonial.
- Artículo 25. Inventario.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 26. Financiación.
- Artículo 27. Contratación de pólizas de crédito o préstamo.
- Artículo 28. Régimen presupuestario.
- Artículo 29. Contabilidad.
- Artículo 30. Cuentas anuales.
- Artículo 31. Control de la gestión económico-financiera.
- Artículo 32. Control de eficacia y de supervisión continua.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 33. Régimen de personal.
- Artículo 34. Ordenación de los puestos de trabajo.
- Artículo 35. Régimen retributivo.
- Artículo 36. Personal directivo.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 37. Asistencia jurídica.


