Legislación › Real Decreto 1118/2024, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Administración Digital.
Disposición adicional decimoséptima. Sistema Nacional de Salud.
Disposición adicional decimoséptima. Sistema Nacional de Salud.
1. Las funciones y competencias que se atribuyen a la Agencia en el Estatuto que se aprueba por este real decreto se entenderán sin perjuicio de las que reconocen al Ministerio de Sanidad la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, y el Real Decreto 718/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, en cuanto a la implementación y desarrollo de la política en materia TIC dentro del Sistema Nacional de Salud en el ámbito de las competencias del Departamento, incluyendo la provisión de los servicios e infraestructuras TIC diferentes de los comunes o transversales competencia de la Agencia.
2. Lo establecido en el artículo 11.n) del Estatuto de la Agencia y el artículo 9 del Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre, respecto de la propuesta de declaración como transversales de determinados medios y servicios comunes digitales, cuando pueda afectar a los medios y servicios que sean titularidad de las autoridades sanitarias y del Sistema Nacional de Salud, requerirá la previa aprobación de la Secretaría de Estado de Sanidad y del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Asimismo, en este caso, la provisión, explotación y gestión de los medios y servicios transversales será realizada por la Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación del SNS o la unidad que ostente las competencias sobre ellos.
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