Legislación › Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales.
Artículo 11. Asistencia jurídica.
Artículo 11. Asistencia jurídica.
La administración de la que dependan facilitará a los agentes forestales y medioambientales el asesoramiento jurídico necesario, así como la defensa jurídica en los procedimientos seguidos en los órdenes jurisdiccionales civil y penal en relación con aquellas actuaciones derivadas del ejercicio legítimo de sus funciones.
Las administraciones de adscripción podrán establecer coberturas de seguros adicionales a las previstas normativamente.


