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Legislación › Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales.

Artículo 11. Asistencia jurídica.

Artículo 11. Asistencia jurídica.

La administración de la que dependan facilitará a los agentes forestales y medioambientales el asesoramiento jurídico necesario, así como la defensa jurídica en los procedimientos seguidos en los órdenes jurisdiccionales civil y penal en relación con aquellas actuaciones derivadas del ejercicio legítimo de sus funciones.

Las administraciones de adscripción podrán establecer coberturas de seguros adicionales a las previstas normativamente.

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