LexTotal

Legislación › Orden ISM/1320/2024, de 18 de noviembre, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y se crea el Comité de Seguridad de los Sistemas de Información.

Artículo 19. Formación y concienciación.

Artículo 19. Formación y concienciación.

1. El CSSI, en coordinación con la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, desarrollará actividades específicas orientadas a la formación y concienciación de su personal en materia de seguridad de la información, así como a la difusión de la presente PSI y su desarrollo normativo, en particular entre el personal de nueva incorporación. A estos efectos, los planes de formación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones incluirán actividades formativas específicas sobre esta materia.

2. El CSSI promoverá una cultura de seguridad de la información alineada con la PSI entre aquellas organizaciones y usuarios externos que tengan acceso por acuerdo o convenio a sus sistemas de información.

← Artículo 18 Índice Artículo 20 →