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Legislación › Orden ISM/1320/2024, de 18 de noviembre, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y se crea el Comité de Seguridad de los Sistemas de Información.

Artículo 20. Actualización y revisión periódica.

Artículo 20. Actualización y revisión periódica.

1. La PSI deberá mantenerse actualizada para adecuarla al progreso de los servicios de la administración electrónica, a la evolución tecnológica y al desarrollo de la sociedad de la información, así como a los estándares internacionales de seguridad.

2. Las propuestas de revisión de la PSI se elaborarán por el CSSI que, con tal objetivo, revisará regularmente la oportunidad, idoneidad, completitud y precisión de lo establecido en la misma.

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