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Real Decreto 1184/2024, de 28 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

En vigor Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública · Publicada el 29 de noviembre de 2024 · Último cambio el 28 de mayo de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Artículo 1. Organización general del Departamento.
  3. Artículo 2. Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales.
  4. Artículo 3. Dirección General de Política Exterior y de Seguridad.
  5. Artículo 4. Dirección General de Naciones Unidas, Organismos Internacionales y Derechos Humanos.
  6. Artículo 5. Dirección General para el Magreb, Mediterráneo y Oriente Próximo.
  7. Artículo 6. Dirección General para África.
  8. Artículo 7. Dirección General para América del Norte, Europa Oriental, Asia y Pacífico.
  9. Artículo 8. Secretaría de Estado para la Unión Europea.
  10. Artículo 9. Secretaría General para la Unión Europea.
  11. Artículo 10. Dirección General de Integración y Coordinación de Asuntos Generales de la Unión Europea.
  12. Artículo 11. Dirección General de Coordinación del Mercado Interior y otras Políticas Comunitarias.
  13. Artículo 12. Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa.
  14. Artículo 13. Secretaría de Estado para Iberoamérica y el Caribe y el Español en el Mundo.
  15. Artículo 14. Dirección General para Iberoamérica y el Caribe.
  16. Artículo 15. Dirección General del Español en el Mundo.
  17. Artículo 16. Secretaría de Estado de Cooperación Internacional. 2 redacciones · cambió el 28/05/2025
  18. Artículo 17. Dirección General de Políticas de Desarrollo Sostenible. 2 redacciones · cambió el 28/05/2025
  19. Artículo 18. Oficina de Evaluación de la Cooperación Española.
  20. Artículo 19. Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
  21. Artículo 20. Secretaría General Técnica.
  22. Artículo 21. Dirección General del Servicio Exterior.
  23. Artículo 22. Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares.
  24. Artículo 23. Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes.
  25. Artículo 24. Dirección General de Comunicación, Diplomacia Pública y Redes.
  26. Artículo 25. Dirección General de Diplomacia Económica.
  27. Disposición adicional primera. Supresión de órganos.
  28. Disposición adicional segunda. Referencias normativas a órganos suprimidos.
  29. Disposición adicional tercera. Delegación de competencias.
  30. Disposición adicional cuarta. Suplencia de las personas titulares de los órganos directivos.
  31. Disposición adicional quinta. Academia de España en Roma.
  32. Disposición adicional sexta. Red de casas.
  33. Disposición adicional séptima. Consolidación de unidades TIC.
  34. Disposición adicional octava. Modificaciones presupuestarias.
  35. Disposición transitoria única. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general.
  36. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  37. Disposición final primera. Autorización para la modificación de la regulación o supresión de los órganos colegiados, grupos y comisiones de trabajo ministeriales.
  38. Disposición final segunda. Facultades de desarrollo normativo.
  39. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  40. [firma]