Legislación › Real Decreto 1217/2024, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, y otras actividades relacionadas con la exposición a las radiaciones ionizantes.
Disposición transitoria séptima. Plazo de presentación del Plan de control de materiales desclasificables.
Disposición transitoria séptima. Plazo de presentación del Plan de control de materiales desclasificables.
Los titulares de instalaciones nucleares que, a la fecha de entrada en vigor de este reglamento, estén en posesión de una autorización de explotación en vigor, dispondrán de un plazo de dieciocho meses a partir de dicha fecha para presentar ante la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética el Plan de control de materiales desclasificables de su instalación.
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