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Legislación › Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo».

ANEXO

ANEXO

Estructura en el exterior de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo»

La estructura en el exterior de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo» queda formada por las siguientes unidades en el momento de aprobación del presente Estatuto:

a) Oficinas de Cooperación Española encargadas de la coordinación general de la Cooperación Española en los siguientes países: Argelia, Bolivia, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, Egipto, El Salvador, Etiopía, Filipinas, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Haití, Honduras, Jordania, Malí, Marruecos, Mauritania, México, Mozambique, Nicaragua, Níger, Nigeria, Palestina, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Senegal, Túnez y la Oficina Regional para el Cono Sur (Argentina, Brasil, Chile y Uruguay) con sede en Uruguay y que a su vez incluye el Centro de Formación de la Cooperación Española en Montevideo.

b) Oficinas de Cooperación Española especializadas:

i. Centros de Formación de la Cooperación Española en los siguientes países: Bolivia, Colombia, Guatemala y Uruguay.

ii. Centros Culturales de España en los siguientes países: Argentina, Bolivia, Chile, Costa Rica, Cuba, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial –Bata–, Guinea Ecuatorial –Malabo–, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay.

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