Legislación › Ley 5/2024, de 11 de noviembre, de control de la afluencia de vehículos en la isla de Eivissa para la sostenibilidad turística.
Artículo 13. Programas conjuntos de subvenciones.
Artículo 13. Programas conjuntos de subvenciones.
El Gobierno de las Illes Balears y el Consejo Insular de Eivissa establecerán y financiarán programas conjuntos de subvenciones, que podrán ser gestionados por el ente que se haya creado a tal efecto, destinados a fomentar las conductas de empresas y particulares que se adecúen a los objetivos establecidos en el artículo 1 de esta ley.


