Legislación › Ley
Ley 5/2024, de 11 de noviembre, de control de la afluencia de vehículos en la isla de Eivissa para la sostenibilidad turística.
En vigor Comunidad Autónoma de las Illes Balears · Publicada el 17 de diciembre de 2024 · Último cambio el 14 de noviembre de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Medidas de sostenibilidad.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Limitaciones generales.
- Artículo 4. Techo insular de vehículos.
- Artículo 5. Obligaciones de las empresas.
- Artículo 6. Vehículos de alquiler.
- Artículo 7. Vehículos de servicio público.
- Artículo 8. Acceso restringido a determinados espacios.
- Artículo 9. Razones imperiosas de interés general que justifican el establecimiento de las regulaciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 10. Plan de Acción para la Movilidad Sostenible de la isla de Eivissa.
- Artículo 11. Políticas de movilidad y transporte.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 12. Fondos para la sostenibilidad.
- Artículo 13. Programas conjuntos de subvenciones.
- Artículo 14. Movilidad sostenible.
- CAPÍTULO V
- Artículo 15. Inspección.
- Artículo 16. Infracciones administrativas.
- Artículo 17. Sujetos responsables.
- Artículo 18. Sanciones.
- Artículo 19. Multas coercitivas.
- Artículo 20. Competencia sancionadora y procedimiento sancionador.
- Artículo 21. Pago voluntario y reconocimiento de la responsabilidad.
- Artículo 22. Prescripción.
- Disposición adicional primera. Información a las empresas navieras, mediadoras o expendedoras sobre el contenido de esta ley.
- Disposición adicional segunda. Información sobre el régimen jurídico de entrada de vehículos.
- Disposición adicional tercera. Estacionamiento en suelo rústico de vehículos a motor.
- Disposición adicional cuarta. Ordenanza fiscal reguladora.
- Disposición adicional quinta. Coordinación y colaboración con otras administraciones públicas.
- Disposición adicional sexta. Prevención de actividades de transporte ilegales.
- Disposición adicional séptima. Creación de un consorcio insular de movilidad sostenible de Eivissa.
- Disposición adicional octava.
- Disposición adicional novena.
- Disposición adicional décima.
- Disposición transitoria única.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 11/2010, de 2 de noviembre, de ordenación del transporte marítimo de las Illes Balears.
- Disposición final segunda. Desarrollo normativo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]


