Legislación › Ley 5/2024, de 11 de noviembre, de control de la afluencia de vehículos en la isla de Eivissa para la sostenibilidad turística.
Disposición adicional cuarta. Ordenanza fiscal reguladora.
Disposición adicional cuarta. Ordenanza fiscal reguladora.
En el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la presente ley, el Consejo Insular de Eivissa procederá a iniciar la tramitación para la aprobación de una ordenanza fiscal reguladora de la tasa para la obtención y control de la autorización de entrada y/o permanencia, incluido el estacionamiento, en la isla de Eivissa de los vehículos a motor.
← Disposición adicional tercera Índice Disposición adicional quinta →


