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Legislación › Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.

ANEXO I

ANEXO I

Sistema de la Seguridad Social

Cuadro de cuantías mínimas de las pensiones de la modalidad contributiva para el año 2025

Clase de pensión Titulares

Con cónyuge a

cargo

—

Euros/año

Sin cónyuge:

Unidad

económica

unipersonal

—

Euros/año

Con cónyuge

no a cargo

—

Euros/año

Jubilación
Titular con sesenta y cinco años 15.786,40 12.241,60 11.620,00
Titular menor de sesenta y cinco años 15.786,40 11.452,00 10.824,80
Titular con sesenta y cinco años procedente de gran invalidez. 23.678,20 18.362,40 17.430,00
Incapacidad Permanente
Gran invalidez 23.678,20 18.362,40 17.430,00
Absoluta 15.786,40 12.241,60 11.620,00
Total: Titular con sesenta y cinco años 15.786,40 12.241,60 11.620,00
Total: Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años 15.786,40 11.452,00 10.824,80
Total: Derivada de enfermedad común menor de sesenta años 9.024,40 9.024,40 8.947,40
Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con sesenta y cinco años 15.786,40 12.241,60 11.620,00
Viudedad
Titular con cargas familiares 15.786,40
Titular con sesenta y cinco años o con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100 12.241,60
Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años 11.452,00
Titular con menos de sesenta años 9.275,00
Clase de pensión Euros/año
Orfandad
Por beneficiario 3.745,00
Por beneficiario menor de 18 años con una discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100 7.361,20
En la orfandad absoluta el mínimo se incrementará en 9.275 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios.
Prestación de orfandad
Un beneficiario 11.113,20
Varios beneficiarios: a repartir entre número de beneficiarios 18.733,70
En favor de familiares
Por beneficiario 3.745,00
Si no existe viudo ni huérfano pensionistas:
Un solo beneficiario con sesenta y cinco años 9.044,00
Un solo beneficiario menor de sesenta y cinco años 8.523,20
Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 5.530 euros/año entre el número de beneficiarios.

Límite de ingresos para el reconocimiento de cuantías mínimas de pensión:

– Sin cónyuge a cargo 9.193,00 euros/año.

– Con cónyuge a cargo 10.723,00 euros/año.

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