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Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.
Derogada o sin vigencia Jefatura del Estado · Publicada el 24 de diciembre de 2024 · Último cambio el 23 de enero de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- no 2 redacciones · cambió el 23/01/2025
- [preambulo]
- TÍTULO I
- Artículo 1. Modificación del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria.
- Artículo 2. Modificación de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
- Artículo 3. Modificación de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
- Artículo 4. Prórroga del mecanismo de apoyo para garantizar la competitividad de la industria electrointensiva.
- Artículo 5. Suspensión de la causa de disolución por pérdidas provocada por diversos acontecimientos naturales.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 6. Deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, límites en la obligación de declarar, para la aplicación del método de estimación objetiva, e imputación de rentas inmobiliarias.
- Artículo 7. Libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables.
- Artículo 8. Medidas en relación con los depósitos fiscales de gasolinas, gasóleos y otros carburantes, y límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en el Impuesto sobre el Valor Añadido en el ejercicio 2025.
- Artículo 9. Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
- Artículo 10. Modificación de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y
- Artículo 11. Régimen fiscal aplicable a las finales de la «UEFA Champions League Femenina 2024» y de la «UEFA Europa League 2025».
- Artículo 12. Modificación del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las Tarifas y la Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Artículo 13. Procedimiento de reglamentaciones técnicas en el Impuesto sobre los Líquidos para Cigarrillos Electrónicos y otros Productos relacionados con el Tabaco.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 14. Liquidación definitiva de la participación en tributos del Estado correspondiente al año 2023.
- Artículo 15. Actualización de las entregas a cuenta y de las referencias relativas a la participación de las entidades locales en los tributos del Estado correspondiente al año 2025 y a determinadas compensaciones a favor de entidades locales.
- Sección 2
- Artículo 16. Entregas a cuenta de 2025 en situación de prórroga presupuestaria.
- CAPÍTULO III
- Artículo 17. Régimen excepcional en materia de endeudamiento autonómico en 2025.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 18. Ayudas directas al transporte terrestre de viajeros.
- Artículo 19. Beneficiarios.
- Artículo 20. Objeto de las ayudas.
- Artículo 21. Cuantía de las ayudas y descuentos aplicables en los títulos multiviaje y abonos de transporte.
- Artículo 22. Gestión de las ayudas.
- Artículo 23. Procedimiento de concesión.
- Artículo 24. Cofinanciación por las entidades locales y las comunidades autónomas.
- Artículo 25. Liquidación y pago de las ayudas.
- Artículo 26. Afectación de los recursos.
- Artículo 27. Compatibilidad de las medidas de apoyo.
- Artículo 28. Información, comunicación y visibilidad. Publicidad.
- Artículo 29. Obligaciones de información sobre la utilización de los títulos subvencionados y de usuarios del transporte público.
- Artículo 30. Control.
- Artículo 31. Aspectos financieros.
- CAPÍTULO II
- Artículo 32. Reducción del precio de los abonos y títulos multiviaje por parte de los concesionarios de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera competencia de la Administración General del Estado.
- Artículo 33. Liquidación a los concesionarios de servicios públicos de transporte regular de viajeros por carretera competencia de la Administración General del Estado.
- CAPÍTULO III
- Artículo 34. Reducción del precio de abonos y títulos multiviaje por parte de Renfe Viajeros SME SA.
- Artículo 35. Aspectos financieros.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 36. Objeto y finalidad de las ayudas.
- Artículo 37. Beneficiarios.
- Artículo 38. Procedimiento de concesión.
- Artículo 39. Criterios objetivos para la concesión de la ayuda.
- Artículo 40. Control.
- Artículo 41. Importe de las ayudas.
- Artículo 42. Aspectos financieros.
- CAPÍTULO V
- Artículo 43. Beneficiarios, objeto y finalidad de las ayudas.
- Artículo 44. Actuaciones subvencionables.
- Artículo 45. Efecto incentivador y límites de las ayudas a las personas jurídicas.
- Artículo 46. Procedimiento de concesión.
- Artículo 47. Aspectos financieros.
- CAPÍTULO VI
- Sección 1
- Artículo 48. Ayudas directas para el fomento del uso de los servicios públicos de préstamo de bicicletas.
- Artículo 49. Beneficiarios.
- Artículo 50. Objeto de las ayudas.
- Artículo 51. Cuantía de las ayudas y descuentos aplicables en abonos recurrentes.
- Artículo 52. Procedimiento de concesión.
- Artículo 53. Cofinanciación por las entidades locales.
- Artículo 54. Liquidación y pago de las ayudas.
- Artículo 55. Afectación de los recursos.
- Artículo 56. Compatibilidad de las medidas de apoyo.
- Artículo 57. Información, comunicación y visibilidad. Publicidad.
- Artículo 58. Obligaciones de información sobre la utilización de los títulos subvencionados y de usuarios del transporte público.
- Artículo 59. Control.
- Artículo 60. Aspectos financieros.
- Sección 2
- Artículo 61. Objeto y finalidad de las ayudas.
- Artículo 62. Beneficiarios.
- Artículo 63. Procedimiento de concesión.
- Artículo 64. Criterios objetivos para la concesión de la ayuda.
- Artículo 65. Actuaciones subvencionables.
- Artículo 66. Control.
- Artículo 67. Importe de las ayudas.
- Artículo 68. Aspectos financieros.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 69. Modificaciones de crédito.
- Artículo 70. Régimen jurídico de las ayudas.
- Artículo 71. Reducción del precio de abonos y títulos multiviaje por parte de Renfe Viajeros SME SA en los núcleos de Cercanías de Asturias y Cantabria.
- Artículo 72. Afección a los viajeros derivada de planes alternativos de transporte (PAT).
- Artículo 73. Establecimiento de un descuento del 100 % en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte público colectivo terrestre de las islas Canarias e Illes Balears.
- Artículo 74. Criterios objetivos para la determinación del anticipo de la cuantía de las ayudas previstas en el capítulo I del título III de este real decreto-ley.
- Artículo 75. Determinación de los ingresos procedentes del uso de abonos o títulos de transporte multiviaje respecto del total de ingresos de los servicios de transporte.
- Artículo 76. Cuantía del anticipo de las ayudas a percibir por cada beneficiario.
- Artículo 77. Régimen transitorio.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 78. Límite de la cuantía de las pensiones públicas.
- Artículo 79. Revalorización de pensiones y otras prestaciones públicas.
- Artículo 80. Actualización del tope máximo y mínimo de las bases de cotización en el sistema de la Seguridad Social.
- CAPÍTULO II
- Artículo 81. Modificación del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril.
- Artículo 82. Modificación de la Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero.
- Artículo 83. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
- Artículo 84. Modificación del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
- Artículo 85. Ampliación del plazo de cancelación de préstamos otorgados a la Seguridad Social.
- CAPÍTULO III
- Artículo 86. Prórroga de medidas laborales vinculadas con el disfrute de ayudas públicas.
- Artículo 87. Prórroga de la vigencia del Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2024.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 88. Modificación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
- Artículo 89. Aportación de inmuebles a SEPES para el desarrollo de una política de vivienda asequible.
- Artículo 90. Modificación del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
- Artículo 91. Aplicación de la disposición transitoria tercera de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
- Artículo 92. Modificación del Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.
- Artículo 93. Modificación del Real Decreto 401/2021, de 8 de junio, por el que se aprueban las medidas necesarias para que las comunidades autónomas puedan utilizar los recursos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, a fin de hacer frente a las compensaciones que procedan, y por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la compensación a los propietarios y arrendadores a que
- CAPÍTULO II
- Artículo 94. Prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo vinculados a la situación de fuerza mayor temporal en el supuesto de empresas y personas trabajadoras de las islas Canarias afectadas por la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja.
- Artículo 95. Prórroga del aplazamiento del pago de cuotas de la Seguridad Social.
- Artículo 96. Prórroga de las medidas extraordinarias de Seguridad Social para los trabajadores autónomos afectados por la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja en La Palma.
- Artículo 97. Prórroga de las exenciones en la cotización aplicables en las unidades poblacionales de Puerto Naos y la Bombilla, reguladas en el artículo 37 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio.
- Artículo 98. Modificación del Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma.
- CAPÍTULO III
- Artículo 99. Subvención a la Ciudad Autónoma de Ceuta para la protección de las personas migrantes menores de edad no acompañadas.
- Artículo 100. Descuentos en el año 2025 a consumidores domésticos de energía eléctrica vulnerables y vulnerables severos.
- Artículo 101. Garantía de suministro de agua y energía a consumidores vulnerables.
- Disposición adicional primera. Vigencia de los títulos IV y VIII de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
- Disposición adicional segunda. Traspaso y compensación de inmuebles en cumplimiento de la Disposición adicional novena de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática.
- Disposición adicional tercera. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición adicional cuarta. Personal sanitario que desempeñe su actividad profesional en medios aéreos.
- Disposición adicional quinta. Extensión de medidas de apoyo agrario por la DANA en Valencia.
- Disposición transitoria única. Plazos de renuncias y revocaciones al método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y a los regímenes especiales simplificado y de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido, para el año 2025.
- Disposición derogatoria única. Normas derogadas.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 43/1998, de 15 de diciembre, de Restitución o Compensación a los Partidos Políticos de Bienes y Derechos incautados en aplicación de la normativa sobre responsabilidades políticas del periodo 1936-1939.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 50/2007, de 26 de diciembre, de modificación de la Ley 43/1998, de 15 de diciembre, de restitución o compensación a los partidos políticos de bienes y derechos incautados en aplicación de la normativa sobre responsabilidades políticas del período 1936-1939.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.
- Disposición final quinta. Modificación de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- Disposición final sexta. Modificación del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.
- Disposición final séptima. Modificación del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social.
- Disposición final octava. Modificación del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
- Disposición final novena. Modificación del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
- Disposición final décima. Modificación del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.
- Disposición final undécima. Modificación del Real Decreto 1120/2024, de 5 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación del transporte público regular de viajeros de Madrid, Barcelona, Valencia y Comunidad Autónoma de Canarias.
- Disposición final duodécima. Salvaguardia de rango reglamentario.
- Disposición final decimotercera. Títulos competenciales.
- Disposición final decimocuarta. Facultades de desarrollo.
- Disposición final decimoquinta. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II


