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Legislación › Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.

Artículo 1. Objeto.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de junio de 2026 y la del 26 de junio de 2026. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (35 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 1. Objeto.
El presente real decreto tiene por objeto la creación de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos y el desarrollo del procedimiento de registro único de arrendamientos, en aplicación del Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, sobre la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/1724, y resto de normativa nacional de aplicación.
Téngase en cuenta que se anula este artículo en cuanto hace referencia al desarrollo del procedimiento de registro único de arrendamientos, por la Sentencia del TS de 19 de mayo de 2026, Ref. BOE-A-2026-12300, y en lo relativo a las menciones que se hacen al procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y al número de registro, por Sentencia del TS de 21 de mayo de 2026. BOE-A-2026-12300 BOE-A-2026-13893

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de julio de 2026 En vigor BOE-A-2026-15677 Leer Qué cambió
26 de junio de 2026 BOE-A-2026-13893 Leer Qué cambió
8 de junio de 2026 BOE-A-2026-12300 Leer Qué cambió
2 de enero de 2025 Texto original Leer

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