LexTotal

Legislación › Ley 11/2023, de 27 de diciembre, de fomento del asociacionismo.

Artículo 26. Promoción y sensibilización en la universidad.

Artículo 26. Promoción y sensibilización en la universidad.

El Gobierno debe promover los valores y principios del asociacionismo en la universidad y, con este objetivo, debe impulsar, mediante los departamentos competentes en materia de universidades y de fomento del asociacionismo, acuerdos de colaboración entre las universidades y las asociaciones a fin de desarrollar programas conjuntos.

← Artículo 25 Índice Artículo 27 →