Legislación › Ley 2/2024, de 15 de febrero, de Infancia y Adolescencia.
Artículo 40. Derechos como personas consumidoras y usuarias.
Artículo 40. Derechos como personas consumidoras y usuarias.
Las personas menores, como colectivo de personas consumidoras con necesidades, intereses y características propias, tienen derecho:
a) A que las administraciones públicas vascas, en el ámbito de sus competencias, protejan de forma especial sus derechos e intereses en las relaciones de consumo, teniendo en cuenta las necesidades propias de su proceso de desarrollo.
b) A que los bienes y servicios destinados particularmente a su consumo promuevan su desarrollo pleno y armónico; para ello, podrán acceder a medidas específicas de promoción, prevención, protección y defensa de un consumo responsable.


