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Legislación › Ley 2/2024, de 15 de febrero, de Infancia y Adolescencia.

Artículo 40. Derechos como personas consumidoras y usuarias.

Artículo 40. Derechos como personas consumidoras y usuarias.

Las personas menores, como colectivo de personas consumidoras con necesidades, intereses y características propias, tienen derecho:

a) A que las administraciones públicas vascas, en el ámbito de sus competencias, protejan de forma especial sus derechos e intereses en las relaciones de consumo, teniendo en cuenta las necesidades propias de su proceso de desarrollo.

b) A que los bienes y servicios destinados particularmente a su consumo promuevan su desarrollo pleno y armónico; para ello, podrán acceder a medidas específicas de promoción, prevención, protección y defensa de un consumo responsable.

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