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Legislación › Real Decreto 49/2024, de 16 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los centros docentes de la Policía Nacional.

Artículo 31. Incorporación y permanencia.

Artículo 31. Incorporación y permanencia.

1. El alumnado comprendido en el artículo 20.1.a) y b) se regirá por lo dispuesto en el Reglamento de procesos selectivos y formación en materia de incorporación y permanencia en los centros docentes.

2. El alumnado comprendido en los artículos 20.1.c) y 20.2, en el supuesto de inasistencia superior al porcentaje determinado en la convocatoria causará baja en el centro.

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