LexTotal

Legislación › Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, por el que se desarrollan la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo y los servicios garantizados establecidos en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.

Artículo 31. Fomento de la economía social.

Artículo 31. Fomento de la economía social.

El servicio de fomento de la economía social consistirá en el acompañamiento a las personas usuarias, de manera presencial, o a través de medios electrónicos y contará, al menos con las siguientes actividades:

a) Información y orientación sobre el proceso de emprender.

b) Preparación para el emprendimiento y para la gestión de proyectos de economía social.

c) Análisis de la idea y visión de negocio, del modelo de negocio y del plan económico y financiero.

← Artículo 30 Índice Artículo 32 →