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Legislación › Real Decreto 443/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el Esquema Nacional de Seguridad de redes y servicios 5G.

Artículo 20. Análisis de riesgos por los usuarios corporativos 5G.

Artículo 20. Análisis de riesgos por los usuarios corporativos 5G.

1. Los usuarios corporativos 5G que tengan otorgados derechos de uso del dominio público radioeléctrico para instalar, desplegar o explotar una red privada 5G o prestar servicios 5G para fines profesionales o en autoprestación deberán analizar los riesgos de las redes y servicios 5G, detectando vulnerabilidades y amenazas que afecten a los elementos de red, infraestructuras, recursos, facilidades y servicios que empleen o provean en la instalación, despliegue y explotación de redes privadas 5G o en la prestación de servicios 5G en autoprestación.

2. Los usuarios corporativos 5G mencionados en el apartado anterior deberán aportar este análisis de riesgos al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, cuando sean requeridos para ello.

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