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Legislación › Ley 15/2023, de 21 de diciembre, de Empleo.

Artículo 88. Difusión.

Artículo 88. Difusión.

El departamento del Gobierno Vasco competente en materia de empleo y Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo difundirán las buenas prácticas entre los distintos agentes de las políticas públicas de empleo, singularmente aquellas que se dirijan a ofrecer soluciones o a paliar las dificultades que plantean los principales retos a que se refiere el apartado 4 del artículo anterior.

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