Legislación › Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.
Disposición transitoria primera. Procedimientos iniciados con anterioridad.
Disposición transitoria primera. Procedimientos iniciados con anterioridad.
Las ayudas y subvenciones públicas cuya convocatoria se hubiera publicado en el «Boletín Oficial del País Vasco» con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley se regirán por lo dispuesto en sus bases reguladoras y, en su caso, en la respectiva convocatoria.
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