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Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.

En vigor Comunidad Autónoma del País Vasco · Publicada el 19 de enero de 2024 · Último cambio el 30 de diciembre de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación.
  6. Artículo 3. Concepto de subvención.
  7. Artículo 4. Régimen jurídico de las subvenciones.
  8. Artículo 5. Régimen jurídico de las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea.
  9. CAPÍTULO II
  10. Artículo 6. Planificación y evaluación en materia subvencional.
  11. Artículo 7. Principios generales.
  12. Artículo 8. Requisitos generales para el otorgamiento de subvenciones.
  13. Artículo 9. Bases reguladoras de la concesión de las subvenciones.
  14. Artículo 10. Órganos competentes para la concesión de subvenciones.
  15. Artículo 11. Personas beneficiarias.
  16. Artículo 12. Entidades colaboradoras.
  17. Artículo 13. Prohibiciones para la adquisición de la condición de persona beneficiaria o entidad colaboradora.
  18. Artículo 14. Obligaciones de las personas beneficiarias.
  19. Artículo 15. Registro general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  20. Artículo 16. Financiación de las actividades subvencionadas.
  21. Artículo 17. Régimen de garantías.
  22. Artículo 18. Información sobre la actividad subvencional.
  23. TÍTULO I
  24. CAPÍTULO I
  25. Artículo 19. Procedimientos de concesión.
  26. CAPÍTULO II
  27. Artículo 20. Iniciación.
  28. Artículo 21. Gestión.
  29. Artículo 22. Resolución y notificación.
  30. Artículo 23. Cuantía de la convocatoria.
  31. Artículo 24. Reformulación de las solicitudes.
  32. Artículo 25. Modificación de las subvenciones concedidas.
  33. Artículo 26. Publicidad de las subvenciones concedidas.
  34. Artículo 27. Publicidad de la subvención por parte de la persona beneficiaria.
  35. CAPÍTULO III
  36. Artículo 28. Concesión nominativa.
  37. Artículo 29. Concesión directa.
  38. TÍTULO II
  39. CAPÍTULO I
  40. Artículo 30. Gastos subvencionables.
  41. Artículo 31. Contratación de las actividades subvencionadas por las personas beneficiarias.
  42. Artículo 32. Justificación de las subvenciones públicas.
  43. CAPÍTULO II
  44. Artículo 33. Procedimiento de autorización del gasto y pago.
  45. Artículo 34. Retención de pagos.
  46. TÍTULO III
  47. Artículo 35. Invalidez de la resolución de concesión.
  48. Artículo 36. Causas de reintegro.
  49. Artículo 37. Compensación de deudas.
  50. Artículo 38. Naturaleza de los créditos a reintegrar y de los procedimientos para su exigencia.
  51. Artículo 39. Obligadas al reintegro.
  52. Artículo 40. Procedimiento de reintegro.
  53. Artículo 41. Competencia para la resolución del procedimiento de reintegro.
  54. Artículo 42. Obligación de colaboración.
  55. Artículo 43. Prescripción.
  56. TÍTULO IV
  57. Artículo 44. Régimen de infracciones.
  58. Artículo 45. Sanciones.
  59. Artículo 46. Régimen de responsabilidades.
  60. Artículo 47. Órganos competentes para el ejercicio de la potestad sancionadora.
  61. TÍTULO V
  62. Artículo 48. Ámbito de aplicación.
  63. Artículo 49. Deslocalización empresarial.
  64. Artículo 50. Declaración de la deslocalización empresarial.
  65. Artículo 51. Reintegro de la ayuda recibida.
  66. Disposición adicional primera. Lehendakaritza y Vicelehendakaritza.
  67. Disposición adicional segunda. Modificaciones de cuantías y porcentajes.
  68. Disposición adicional tercera. Ayudas y subvenciones en materia de cooperación y solidaridad.
  69. Disposición adicional cuarta. Conocimiento sobre el fenómeno de la deslocalización empresarial.
  70. Disposición transitoria primera. Procedimientos iniciados con anterioridad.
  71. Disposición transitoria segunda. Régimen de garantías.
  72. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  73. Disposición final primera. Adaptación de las bases reguladoras de vigencia indefinida. 2 redacciones · cambió el 30/12/2024
  74. Disposición final segunda. Modificación del texto refundido de la Ley de Control Económico y Contabilidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2017, de 19 de octubre.
  75. Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
  76. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  77. [firma]