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Legislación › Real Decreto-ley 7/2025, de 24 de junio, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico.

Artículo 17. Revisión de la planificación de la red de transporte de energía eléctrica.

Artículo 17. Revisión de la planificación de la red de transporte de energía eléctrica.

Se añade un párrafo segundo al artículo 4.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, con la siguiente redacción:

«En un plazo máximo de tres años, desde la aprobación de la planificación de la red de transporte de energía eléctrica se procederá a su revisión, dando lugar al inicio de una nueva planificación eléctrica.»

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