Legislación › Ley 3/2025, de 23 de junio, de garantías y derechos de las personas con necesidades paliativas.
Artículo 7. Derecho al alivio del sufrimiento.
Artículo 7. Derecho al alivio del sufrimiento.
1. Toda persona con una enfermedad incurable avanzada tiene derecho a recibir la atención integral idónea y el mejor tratamiento disponible que prevenga y alivie el sufrimiento.
2. Si los síntomas que desencadenan este sufrimiento se comportan como refractarios, la persona tiene derecho a una sedación paliativa por parte del personal sanitario responsable de su atención, mediante la administración de fármacos en las dosis y combinaciones requeridas para disminuir su nivel de consciencia, debiendo reflejarse todo ello exhaustivamente en su historial clínico.


