Legislación › Ley 4/2025, de 1 de julio, del paisaje de La Rioja.
Artículo 18. Instrumentos para la protección, ordenación y gestión del paisaje.
Artículo 18. Instrumentos para la protección, ordenación y gestión del paisaje.
Para poder alcanzar los objetivos establecidos en la política paisajística de La Rioja se podrán desarrollar los siguientes instrumentos de aplicación:
a) El Catálogo de Paisaje.
b) La Directriz de Paisaje.
c) El Estudio de Paisaje.
d) El Estudio de Integración Paisajística.


