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Legislación › Ley 4/2025, de 1 de julio, del paisaje de La Rioja.

Artículo 18. Instrumentos para la protección, ordenación y gestión del paisaje.

Artículo 18. Instrumentos para la protección, ordenación y gestión del paisaje.

Para poder alcanzar los objetivos establecidos en la política paisajística de La Rioja se podrán desarrollar los siguientes instrumentos de aplicación:

a) El Catálogo de Paisaje.

b) La Directriz de Paisaje.

c) El Estudio de Paisaje.

d) El Estudio de Integración Paisajística.

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