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Ley 4/2025, de 1 de julio, del paisaje de La Rioja.

En vigor Comunidad Autónoma de La Rioja · Publicada el 12 de julio de 2025 · Último cambio el 7 de julio de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Definiciones.
  6. TÍTULO II
  7. CAPÍTULO I
  8. Artículo 4. Objetivos de la política en paisaje.
  9. Artículo 5. Principios de la política paisajística.
  10. Artículo 6. Competencias y organización administrativa.
  11. Artículo 7. Cooperación en materia de paisaje.
  12. Artículo 8. Proceso de participación ciudadana.
  13. Artículo 9. Educación ambiental en materia de paisaje de La Rioja.
  14. Artículo 10. Fomento de la formación y sensibilización en materia de paisaje.
  15. Artículo 11. Formación del personal al servicio de la Administración en materia de paisaje.
  16. Artículo 12. Información.
  17. CAPÍTULO II
  18. Artículo 13. Criterios generales de ordenación e integración paisajística. 3 redacciones · cambió el 07/07/2026
  19. Artículo 14. Criterios generales para la ordenación paisajística de proyectos de elevado impacto paisajístico. 3 redacciones · cambió el 07/07/2026
  20. TÍTULO III
  21. CAPÍTULO I
  22. Artículo 15. Unidades de paisaje.
  23. Artículo 16. Ordenación territorial en ámbitos paisajísticos.
  24. Artículo 17. Determinación de paisajes relevantes.
  25. Artículo 18. Instrumentos para la protección, ordenación y gestión del paisaje.
  26. Artículo 19. El Catálogo de Paisaje.
  27. Artículo 20. Objetivos de calidad paisajística.
  28. Artículo 21. Directriz de Paisaje.
  29. CAPÍTULO II
  30. Artículo 22. Estudio de Paisaje aplicable a planes y programas. 3 redacciones · cambió el 07/07/2026
  31. Artículo 23. Estudio de Integración Paisajística para actividades, usos y proyectos. 3 redacciones · cambió el 07/07/2026
  32. CAPÍTULO III
  33. Artículo 24. Procedimiento de resolución. 3 redacciones · cambió el 07/07/2026
  34. Artículo 25. Análisis de impacto paisajístico de actividades, usos y proyectos.
  35. Artículo 26. El Observatorio del Paisaje.
  36. TÍTULO IV
  37. Artículo 27. Régimen de infracciones.
  38. Artículo 28. Clases de infracciones. 3 redacciones · cambió el 07/07/2026
  39. Artículo 29. Prescripción de las infracciones y caducidad del procedimiento sancionador.
  40. Artículo 30. Responsabilidad.
  41. Artículo 31. Sanciones.
  42. Artículo 32. Graduación de las sanciones.
  43. Artículo 33. Competencia sancionadora.
  44. Disposición adicional primera. Cartografía.
  45. Disposición adicional segunda. Regímenes jurídicos especiales.
  46. Disposición transitoria primera. Expedientes en tramitación.
  47. Disposición transitoria segunda. Regulación de usos y actividades en suelo no urbanizable y en suelo urbanizable no delimitado para las singularidades paisajísticas, los paisajes singulares, los paisajes sobresalientes, los paisajes relevantes, así como los paisajes culturales del vino y el viñedo. 3 redacciones · cambió el 07/07/2026
  48. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  49. Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
  50. Disposición final segunda. Relaciones con otros instrumentos.
  51. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  52. [firma]
  53. ANEXO I
  54. ANEXO II