Legislación › Ley 4/2025, de 1 de julio, del paisaje de La Rioja.
Artículo 9. Educación ambiental en materia de paisaje de La Rioja.
Artículo 9. Educación ambiental en materia de paisaje de La Rioja.
1. La consejería autonómica competente en materia de paisaje promocionará programas y acciones específicas encaminadas a difundir los valores paisajísticos de La Rioja y la importancia del paisaje en la cultura, historia y economía de La Rioja.
2. Con arreglo a lo establecido en la presente ley y en la normativa autonómica aplicable en materia de educación ambiental de La Rioja, se impulsarán acciones educativas dirigidas a la sociedad en general, y a la comunidad educativa en particular, que tengan como finalidad la promoción del entendimiento, el respeto y la salvaguarda de los elementos que configuran los paisajes de La Rioja.


