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Legislación › Ley 3/2025, de 30 de junio, de Políticas de Juventud de Cantabria.

Artículo 3. Principios rectores de las políticas de juventud.

Artículo 3. Principios rectores de las políticas de juventud.

Son principios rectores de las políticas de juventud:

a) La universalidad: las políticas de juventud se dirigen a todas las personas jóvenes sin discriminación alguna por razones de sexo, edad, ideología, etnia, creencia, identidad sexual o de género, orientación sexual, discapacidad, procedencia o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

b) Ser integrales: estas políticas procuran la aplicación de medidas transversales que favorezcan la plena inclusión social, laboral, política, económica y cultural de toda la población joven considerada de manera universal.

c) La transversalidad: las políticas de juventud cuentan en su visión transversal con la opinión de la población joven en los foros de representación destinados al diseño, planificación, gestión, desarrollo, seguimiento y evaluación de las políticas de juventud en favor de una eficaz coordinación con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y las Entidades Locales.

d) La descentralización; de forma que lleguen a todo el territorio de Cantabria, sean adecuadas y respondan a las necesidades reales de su población destinataria en cada lugar, con especial énfasis en el mundo rural.

e) La coordinación: las políticas de juventud velarán por la necesaria coordinación entre Administraciones Públicas y entidades privadas que lleven a cabo acciones relacionadas con la población joven en Cantabria al objeto de favorecer su participación en la puesta en marcha de programas y medidas en beneficio de la juventud bajo la premisa de la eficiencia y eficacia en la disposición de los recursos públicos, evitando duplicidades y reduciendo la burocracia administrativa.

f) La participación democrática y plural: implican a toda la población joven en favor del desarrollo de políticas plurales que ensalcen los valores de la democracia y la libertad, potenciadores ambos de la convivencia, la paz, la solidaridad y la tolerancia. El Consejo de la Juventud de Cantabria participará en el diseño, planificación, gestión, desarrollo, seguimiento y evaluación de las políticas de juventud.

g) La proximidad: promueven los procesos de diseño de programas y aplicación de soluciones desde los espacios de decisión más cercanos a la población joven.

h) La transparencia, la planificación y evaluación: de acuerdo con los instrumentos metodológicos adecuados y tomando en consideración la responsabilidad de los poderes públicos en la provisión de los recursos y medios necesarios para el cumplimiento de sus fines.

i) La promoción de la igualdad activa en la corrección de desigualdades, con especial atención a aquellas por razón de sexo, identidad sexual o de género, orientación sexual, discapacidad o condición de vulnerabilidad o exclusión social, con especial referencia a las posibles desigualdades de la población joven en el espacio rural en áreas con riesgo de despoblamiento.

j) La solidaridad y diversidad: las políticas de juventud han de atender a la diversidad de la población joven a fin de asegurar la efectiva igualdad de oportunidades con el respeto, la convivencia y la solidaridad como principios básicos en las relaciones intergeneracionales.

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