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Ley 3/2025, de 30 de junio, de Políticas de Juventud de Cantabria.

En vigor Comunidad Autónoma de Cantabria · Publicada el 15 de julio de 2025 · Último cambio el 4 de julio de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto y finalidad.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Principios rectores de las políticas de juventud.
  6. Artículo 4. Derechos de las personas jóvenes.
  7. TÍTULO I
  8. CAPÍTULO I
  9. Artículo 5. Administraciones Públicas competentes.
  10. CAPÍTULO II
  11. Artículo 6. Competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  12. Artículo 7. Competencias de las entidades locales.
  13. TÍTULO II
  14. CAPÍTULO I
  15. Artículo 8. Objetivos.
  16. CAPÍTULO II
  17. Artículo 9. Líneas de acción.
  18. Artículo 10. Empleo.
  19. Artículo 11. Liderazgo y emprendimiento.
  20. Artículo 12. Educación no universitaria.
  21. Artículo 13. Universidad.
  22. Artículo 14. Acceso a la vivienda.
  23. Artículo 15. Igualdad.
  24. Artículo 16. Diversidad sexual y de género.
  25. Artículo 17. Apoyo a la familia.
  26. Artículo 18. Participación.
  27. Artículo 19. Servicios sociales.
  28. Artículo 20. Cultura e identidad regional.
  29. Artículo 21. Deporte.
  30. Artículo 22. Ocio y tiempo libre.
  31. Artículo 23. Salud.
  32. Artículo 24. Salud Mental.
  33. Artículo 25. Consumo.
  34. Artículo 26. Desarrollo sostenible.
  35. Artículo 27. Sociedad de la información.
  36. Artículo 28. Voluntariado joven.
  37. Artículo 29. Movilidad juvenil.
  38. Artículo 30. Espacio rural y formas de economía tradicional.
  39. Artículo 31. Transporte.
  40. Artículo 32. Personas jóvenes cántabras en el exterior.
  41. TÍTULO III
  42. CAPÍTULO I
  43. Artículo 33. Naturaleza.
  44. Artículo 34. Objetivos.
  45. CAPÍTULO II
  46. Artículo 35. Elaboración.
  47. Artículo 36. Contenido.
  48. Artículo 37. Evaluación.
  49. TÍTULO IV
  50. CAPÍTULO I
  51. Artículo 38. Servicios a la población joven.
  52. CAPÍTULO II
  53. Sección 1
  54. Artículo 39. Información.
  55. Artículo 40. Red Cántabra de Documentación e Información Juvenil.
  56. Artículo 41. Centro Coordinador Regional de Información y Documentación Juvenil.
  57. Sección 2
  58. Artículo 42. Concepto.
  59. Artículo 43. Escuela Oficial de Tiempo Libre.
  60. Artículo 44. Escuelas de Tiempo Libre.
  61. Artículo 45. Formación de profesionales de Educación en el Tiempo Libre.
  62. Sección 3
  63. Artículo 46. Definición.
  64. Artículo 47. Clasificación.
  65. Sección 4
  66. Artículo 48. Definición.
  67. Artículo 49. Tipología.
  68. Artículo 50. Red de Instalaciones de Educación en el Tiempo Libre.
  69. Artículo 51. Exclusiones.
  70. Sección 5
  71. Artículo 52. Finalidad.
  72. Artículo 53. Funcionamiento.
  73. Sección 6
  74. Artículo 54. Inspección y régimen sancionador.
  75. TÍTULO V
  76. CAPÍTULO I
  77. Artículo 55. Naturaleza.
  78. Artículo 56. Fines.
  79. Artículo 57. Consejos Territoriales de la Juventud.
  80. CAPÍTULO II
  81. Artículo 58. Fomento del asociacionismo.
  82. Artículo 59. Modalidades de participación juvenil.
  83. Artículo 60. Registro de asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud.
  84. TÍTULO VI
  85. CAPÍTULO I
  86. Artículo 61. Naturaleza.
  87. Artículo 62. Composición.
  88. Artículo 63. Funcionamiento.
  89. Artículo 64. Funciones.
  90. CAPÍTULO II
  91. Artículo 65. Coordinación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y las Entidades Locales.
  92. Artículo 66. Cooperación con el Estado.
  93. Artículo 67. Unión Europea.
  94. Disposición final primera. Consejo de Políticas de Juventud de Cantabria.
  95. Disposición final segunda. Redacción del Plan Integral de Juventud de Cantabria.
  96. Disposición final tercera. Habilitación normativa.
  97. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  98. Firma