Legislación › Ley 3/2025, de 4 de julio, de medidas dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en las Illes Balears.
Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Se añade una nueva disposición adicional a la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional vigesimoprimera. Previsiones específicas sobre los permisos por nacimiento y cuidado de hijos para familias monoparentales para garantizar la igualdad de trato de los hijos.
Los empleados públicos del Gobierno de las Illes Balears y de su sector público que tengan la consideración de familia monoparental disfrutarán de un permiso por nacimiento y cuidado de hijos de 26 semanas.
Este permiso también se disfrutará en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogida, tanto temporal como permanente.
Estos permisos se disfrutarán con efectos de 6 de noviembre de 2024, fecha de publicación de la Sentencia de Tribunal Constitucional 140/2024.»
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