Legislación › Ley 8/2025, de 30 de julio, del Estatuto de los municipios rurales.
Artículo 17. Regulación.
Artículo 17. Regulación.
Los convenios de colaboración, cooperación y coordinación interadministrativas y las delegaciones de competencias y los encargos de gestión adoptados por las administraciones públicas para el ejercicio de competencias, funciones y actividades de los municipios rurales deben regularse de acuerdo con la legislación de régimen jurídico del sector público y con lo dispuesto por la presente ley.


