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Legislación › Ley 4/2025, de 18 de julio, de actuaciones urgentes destinadas a la obtención de suelo mediante proyectos residenciales estratégicos en las Illes Balears.

Disposición derogatoria única. Normas que se derogan.

Disposición derogatoria única. Normas que se derogan.

1. Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo que dispone esta ley y, concretamente:

a) La letra c) del apartado 4 del artículo 12 del texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears, aprobado por el Decreto legislativo 1/2020, de 28 de agosto.

b) El artículo 7 del Decreto ley 5/2024, de 13 de diciembre, por el que se modifican varias normas del ordenamiento jurídico de las Illes Balears en materia de espacios naturales, fomento, agricultura, educación, ocupación pública, turismo, urbanismo y vivienda.

c) La letra d) de la disposición derogatoria única del Decreto ley 5/2024, de 13 de diciembre, por el que se modifican varias normas del ordenamiento jurídico de las Illes Balears en materia de espacios naturales, fomento, agricultura, educación, ocupación pública, turismo, urbanismo y vivienda.

d) Las disposiciones finales primera y segunda del Decreto ley 5/2025, de 16 de mayo, de medidas extraordinarias y urgentes en materia de capitalidad de Palma e Eivissa, de Menorca Reserva de Biosfera y de transporte interinsular de residuos de Formentera a Eivissa.

e) Las disposiciones finales cuarta y quinta de la Ley 2/2025, de 18 de junio, de medidas urgentes para la protección de las personas y el medio natural en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears en cuanto a determinadas explotaciones ganaderas intensivas de aves de corral.

2. Queda derogado el Decreto ley 3/2025, de 14 de marzo, de actuaciones urgentes destinadas a la obtención de suelo mediante proyectos residenciales estratégicos en el municipio de Palma.

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