Legislación › Resolución de 5 de marzo de 2025, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina Judicial para los Tribunales colegiados y Tribunales de Instancia conforme a las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
ANEXO I
Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de noviembre de 2025 y la del 25 de diciembre de 2025.
Tachado: lo que se quitó (31 palabras). Subrayado: lo que se añadió (161 palabras).
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ANEXO I
Modelos de organización de la Oficina Judicial
Los modelos de organización de la oficina judicial aplicables a los partidos judiciales que se recogen en el anexo II de la presente resolución son:
– Modelo A: Oficina judicial integrada, exclusivamente, por el Servicio Común de Tramitación, que asumirá la totalidad de las funciones procesales y administrativas.
– Modelo B: Oficina judicial integrada por el Servicio Común de Tramitación y por un Servicio Común General que asumirán la totalidad de las funciones procesales y administrativas.
– Modelo C: Oficina judicial integrada el Servicio Común General, por el Servicio Común de Tramitación del Tribunal de Instancia y el Servicio Común de Ejecución. Además, según los casos, podría completarse con el Servicio Común de Tramitación de la Audiencia Provincial y por el Servicio común de Tramitación del Tribunal Superior Justicia. Así, dentro de este modelo se pueden dar las siguientes variantes:
Modelo C1: Modelo base de oficina judicial integrada por el Servicio Común General, por el Servicio Común de Tramitación del Tribunal de Instancia y por el Servicio Común de Ejecución. No se contempla la división en áreas de estos servicios comunes.
Modelo C2: Modelo de oficina judicial integrada por el Servicio Común General, por el Servicio Común de Tramitación del Tribunal de Instancia y por el Servicio Común de Ejecución. Además, el modelo se completa con el Servicio Común de Tramitación de la Audiencia Provincial en los partidos judiciales que tienen su sede en capitales de provincia y en las localidades en las que se hayan constituido Secciones de la misma con base en el artículo 80.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. A su vez, este modelo se puede estructurar también del siguiente modo:
– Modelo C2.1: Que, a nivel interno carece, de una división estructural en áreas.
– Modelo C2.2: Con una estructura interna en la que se identifican las siguientes áreas:
● En el Servicio Común de Tramitación del Tribunal de Instancia:
1. Un Área Civil; Social; Contencioso-Administrativa; Familia, Infancia y Capacidad; y Mercantil.
2. Un Área Penal (que se extiende a todo el orden jurisdiccional penal).
– En el Servicio Común de Ejecución:
1. Un Área Civil; Social; Contencioso-Administrativa; Familia, Infancia y Capacidad; y Mercantil.
2. Un Área Penal (que se extiende a todo el orden jurisdiccional penal, penal salvo la ejecución competencia de Secciones Vigilancia Penitenciaria). Penitenciaria. También se exceptúa la ejecución competencia de las Secciones de Menores en los términos que se determinen por el Protocolo de Actuación aplicable al partido judicial).
Modelo C3: Modelo de oficina judicial integrada por el Servicio Común General, por el Servicio Común de Tramitación del Tribunal Superior de Justicia, el Servicio Común de Tramitación de la Audiencia Provincial, Servicio Común de Tramitación del Tribunal de Instancia y por el Servicio Común de Ejecución. A su vez, este modelo se puede estructurar también del siguiente modo:
– Modelo C3.1: Con estructura interna en la que se identifican las siguientes áreas:
– En el Servicio Común General:
1. Un Área de Registro-Reparto y Asuntos Generales.
2. Un Área de actos de comunicación.
– En el Servicio Común de Tramitación del Tribunal de Instancia:
1. Un Área Civil; Social; Contencioso-Administrativa; Familia, Infancia y Capacidad; y Mercantil.
2. Un Área Penal (que se extiende a todo el orden jurisdiccional penal).
– En el Servicio Común de Ejecución:
1. Un Área Civil; Social; Contencioso-Administrativa; Familia, Infancia y Capacidad; y Mercantil.
2. Un Área Penal (que se extiende a todo el orden jurisdiccional penal, penal salvo la ejecución competencia de Secciones Vigilancia Penitenciaria). Penitenciaria. También se exceptúa la ejecución competencia de las Secciones de Menores en los términos que se determinen por el Protocolo de Actuación aplicable al partido judicial).
– Modelo C3.2: Con estructura interna en la que se identifican las siguientes áreas:
– En el Servicio Común General. General:
1. Un Área de Registro-Reparto y Asuntos Generales.
2. Un Área de actos de comunicación.
– En el Servicio Común de Tramitación del Tribunal de Instancia. Instancia:
1. Área Penal (instrucción, violencia sobre la mujer; violencia contra la infancia y adolescencia; penal; menores; y vigilancia penitenciaria).
2. Área Civil y Familia, Infancia y Capacidad.
3. Área Social, Mercantil y Contencioso-Administrativo.
– En el Servicio Común de Ejecución:
1. Un Área Civil; Social; Contencioso-Administrativa; Familia, Infancia y Capacidad; y Mercantil.
2. Un Área Penal (todo (que se extiende a todo el orden jurisdiccional penal, penal salvo la ejecución competencia de Secciones Vigilancia Penitenciaria). Penitenciaria. También se exceptúa la ejecución competencia de las Secciones de Menores en los términos que se determinen por el Protocolo de Actuación aplicable al partido judicial).
– Modelo C3.3: Con estructura interna en la que se identifican las siguientes áreas:
● En el Servicio Común General. General:
1. Un Área de Registro y Reparto Registro-Reparto y General. Asuntos Generales.
2. Un Área de Actos actos de comunicación.
– En el Servicio Común de Tramitación del Tribunal de Instancia. Instancia:
1. Área Civil y Familia, Infancia y Capacidad.
2. Área Instrucción (instrucción, violencia sobre la mujer y violencia contra la infancia y adolescencia).
3. Área Penal (enjuiciamiento penal penal, menores y vigilancia penitenciaria).
4. Área Social, Mercantil y Contencioso-Administrativo.
– En el Servicio Común de Ejecución:
1. Área Civil; Social; Contencioso-Administrativa; Familia, Infancia y Capacidad; y Mercantil.
2. Un Área Penal (todo (que se extiende a todo el orden jurisdiccional penal, penal salvo la ejecución competencia de Secciones Vigilancia Penitenciaria). Penitenciaria. También se exceptúa la ejecución competencia de las Secciones de Menores en los términos que se determinen por el Protocolo de Actuación aplicable al partido judicial).
Modelo D: Modelo de oficina judicial integrada por el Servicio Común General, el Servicio Común de Tramitación de la Audiencia Nacional, el Servicio Común de Tramitación del Tribunal Central de Instancia y por el Servicio Común de Ejecución. Con una estructura interna en la que se identifican las siguientes áreas en los servicios comunes de tramitación:
– Servicio Común de Tramitación de la Audiencia Nacional.
1. Área Penal.
2. Área Social y Contencioso-Administrativo.
– Servicio Común de Tramitación del Tribunal Central de Instancia.
1. Área Penal.
2. Área Contencioso-Administrativo.
Modelo E: Modelo de oficina judicial integrada por el Servicio Común General y el Servicio Común de Tramitación del Tribunal Supremo. Con una estructura interna en la que se identifican las siguientes áreas en el Servicio Común de Tramitación:
1. Área Civil.
2. Área Penal y Militar.
3. Área Social.
4. Área Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de las funciones y competencias que correspondan al Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, a efectos organizativos, los funcionarios de los Cuerpos Generales destinados en el mismo se integrarán en el Servicio Común General.
En cada una de las Áreas que se constituyan en el servicio común de tramitación las relaciones de puestos de trabajo podrá identificar puestos para el apoyo directo a la presidencia, a la vicepresidencia, a las presidencias de Sala y a los magistrados. También se podrán identificar puestos para el apoyo a la dirección del Gabinete Técnico.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de diciembre de 2025 En vigor | BOE-A-2025-24795 | Leer | Qué cambió |
| 12 de noviembre de 2025 | Texto original | Leer |


