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Legislación › Ley 2/2024, de 7 de noviembre, de promoción de los beneficios sociales y económicos de los proyectos que utilizan los recursos naturales de Galicia.

Artículo 2. Fines de la ley.

Artículo 2. Fines de la ley.

Son fines de la presente ley:

a) El impulso del desarrollo racional y sostenible del territorio de Galicia, mediante la gestión responsable de los recursos naturales y la protección del ambiente, de forma conciliada con el desarrollo social y económico y la equidad intergeneracional, y procurando la cohesión territorial.

b) La cohesión social y la mejora de la calidad de vida de la población de Galicia.

c) El desarrollo equilibrado de los sectores y actividades comprendidos en la presente ley.

d) La contribución a la consecución de la neutralidad climática y la mejora de la resiliencia del territorio gallego.

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