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Legislación › Circular 8/2025, de 22 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica.

Artículo 16. Herramientas regulatorias para el cálculo de la retribución.

Artículo 16. Herramientas regulatorias para el cálculo de la retribución.

1. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia podrá emplear las herramientas regulatorias que considere oportunas en el cálculo de los términos y coeficientes de la retribución de la actividad de distribución.

2. A estos efectos, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia podrá establecer unos costes unitarios de referencia actualizados, mediante resolución y previo trámite de audiencia. Dichos costes unitarios podrán utilizarse, entre otros aspectos, como referencia en eficiencia y criterios de mínimo coste a los efectos de evaluar las diferentes alternativas de desarrollo de infraestructuras en lo que se refiere a la aplicabilidad del artículo 21.1 b) párrafo tercero del Real Decreto 1048/2013, de 27 de diciembre, y para la determinación de las diferentes alternativas viables del punto de conexión en los procesos de acceso y conexión, entre distribuidores, conforme a lo establecido en el anexo III.5 de la Circular 1/2024, de 27 de septiembre, por la que se establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de demanda de energía eléctrica, en relación con la evaluación de la capacidad de acceso de un distribuidor aguas abajo a la red de distribución de electricidad de un distribuidor aguas arriba.

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