LexTotal

Legislación › Circular 8/2025, de 22 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica.

Disposición adicional primera. Primer periodo regulatorio de aplicación.

Disposición adicional primera. Primer periodo regulatorio de aplicación.

El primer periodo de aplicación de la metodología de retribución recogida en la presente circular transcurrirá del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2031.

← Artículo 27 Índice Disposición adicional segunda →