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Legislación › Circular 8/2025, de 22 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica.

Disposición adicional séptima. Aplicación del incremento del incentivo para procurar la prudencia financiera.

Disposición adicional séptima. Aplicación del incremento del incentivo para procurar la prudencia financiera.

En los tres primeros años del periodo regulatorio 2026-2031, la penalización establecida en el artículo 29 no podrá superar el 1 % de la retribución anual del titular de activos de red.

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