LexTotal

Legislación › Real Decreto

Real Decreto 188/2025, de 11 de marzo, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global.

En vigor Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Publicada el 12 de marzo de 2025 · Último cambio el 16 de abril de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. TÍTULO PRELIMINAR
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Definiciones.
  6. Artículo 3. Aplicación en la Administración General del Estado.
  7. Artículo 4. Órganos competentes.
  8. Artículo 5. Beneficiarios.
  9. Artículo 6. Modalidades.
  10. Artículo 7. Financiación de las subvenciones y ayudas con ingresos externos de carácter finalista.
  11. TÍTULO I
  12. CAPÍTULO I
  13. Artículo 8. Procedimiento de concesión.
  14. Artículo 9. Entidades colaboradoras.
  15. Artículo 10. Subvenciones y ayudas con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea o de otros financiadores.
  16. Artículo 11. Delegación de fondos españoles a entidades de otros países.
  17. CAPÍTULO II
  18. Artículo 12. Ejecución y modificación de la resolución de concesión.
  19. Artículo 13. Socio local y contraparte extranjera.
  20. Artículo 14. Subcontratación.
  21. Artículo 15. Ampliación del plazo de ejecución de la intervención.
  22. Artículo 16. Finalización anticipada de las actuaciones por acontecimientos excepcionales.
  23. Artículo 17. Pago de las subvenciones.
  24. Artículo 18. Compatibilidad con otras subvenciones.
  25. Artículo 19. Rendimientos financieros.
  26. Artículo 20. Remanentes no invertidos.
  27. CAPÍTULO III
  28. Artículo 21. Justificación de las subvenciones y ayudas.
  29. Artículo 22. Documentación justificativa de los gastos imputados a la subvención o ayuda.
  30. Artículo 23. Ampliación del plazo de justificación.
  31. Artículo 24. Justificación en situaciones excepcionales.
  32. Artículo 25. Cambios de moneda.
  33. Artículo 26. Gastos subvencionables. 2 redacciones · cambió el 16/04/2026
  34. Artículo 27. Pago de impuestos en intervenciones de cooperación delegada.
  35. CAPÍTULO IV
  36. Artículo 28. Seguimiento y evaluación.
  37. Artículo 29. Control.
  38. Artículo 30. Reintegro y graduación de incumplimientos.
  39. CAPÍTULO V
  40. Artículo 31. Publicidad y difusión de las subvenciones y ayudas.
  41. Artículo 32. Confidencialidad y protección de datos.
  42. TÍTULO II
  43. CAPÍTULO I
  44. Artículo 33. Objeto y régimen jurídico.
  45. Artículo 34. Beneficiarios.
  46. CAPÍTULO II
  47. Artículo 35. Procedimiento de concesión.
  48. Artículo 36. Resolución de concesión y aceptación del beneficiario.
  49. CAPÍTULO III
  50. Artículo 37. Justificación.
  51. Artículo 38. Seguimiento y control.
  52. Artículo 39. Reintegro y sanciones.
  53. TÍTULO III
  54. CAPÍTULO I
  55. Artículo 40. Objeto.
  56. Artículo 41. Régimen jurídico.
  57. Artículo 42. Beneficiarios.
  58. CAPÍTULO II
  59. Artículo 43. Procedimiento de concesión.
  60. CAPÍTULO III
  61. Artículo 44. Plazo de ejecución.
  62. Artículo 45. Modalidades de ejecución.
  63. Artículo 46. Modalidades de justificación de las subvenciones o ayudas.
  64. Artículo 47. Presentación de la documentación justificativa del gasto.
  65. Artículo 48. Cuenta justificativa con informe de auditor de cuentas.
  66. Artículo 49. Justificación de proyectos con varias administraciones públicas concedentes de subvenciones o ayudas.
  67. Artículo 50. Certificación de ejecución de actividades.
  68. Artículo 51. Acreditación del valor de los bienes adquiridos con cargo a la subvención para las actuaciones de cooperación para el desarrollo sostenible realizadas en el exterior.
  69. Artículo 52. Vinculación y transferencia final de los bienes adquiridos.
  70. Artículo 53. Reintegro y sanciones.
  71. Disposición adicional única. Cooperación internacional policial y de defensa, seguridad e inteligencia.
  72. Disposición transitoria única. Régimen transitorio de los procedimientos.
  73. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  74. Disposición final primera. Habilitación normativa.
  75. Disposición final segunda. Título competencial y normas de carácter básico.
  76. Disposición final tercera. Ámbito de aplicación.
  77. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  78. [firma]