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Legislación › Ley 1/2025, de 19 de febrero, de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Artículo 61. Protección jurídica de los resultados de la actividad investigadora.

Artículo 61. Protección jurídica de los resultados de la actividad investigadora.

1. El Principado de Asturias promoverá que los resultados de la I+D+i obtenidos por agentes del SACI sean debidamente protegidos haciendo uso de los medios previstos en la legislación sobre propiedad industrial e intelectual.

2. Desde la Administración pública se promoverá la creación y actualización periódica de una base de datos de los resultados de la investigación susceptibles de ser patentados y explotados, así como del estado de las patentes obtenidas por los agentes del SACI.

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