Legislación › Ley 8/2024, de 30 de diciembre, de accesibilidad universal de la Comunitat Valenciana.
Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
Se faculta al Consell para que dicte todas las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para el desarrollo y ejecución de esta ley.
El Consell de la Generalitat Valenciana elaborará un decreto que regule el derecho al uso, enseñanza y protección de la lengua de signos propia de las personas sordas y garantice su promoción y difusión en la Comunitat Valenciana.
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