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Resolución de 4 de abril de 2025, del Instituto Social de la Marina, por la que se regula el botiquín a bordo de determinados buques.
En vigor Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones · Publicada el 11 de abril de 2025 · Último cambio el 11 de abril de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Primero. Tipo de botiquín y dotación preceptiva de las embarcaciones pesqueras que han cambiado su clasificación o zona de actividad asociada conforme a las disposiciones adicionales segunda o tercera del Real Decreto 543/2007, de 27 de abril, por el que se determinan las normas de seguridad y de prevención de la contaminación a cumplir por los buques pesqueros menores de 24 metros de eslora (L),
- Segundo. Revisiones de los botiquines tipo B adaptado.
- Tercero. Tipo de botiquín y dotación preceptiva de las embarcaciones pesqueras que disponiendo preceptivamente de un botiquín tipo B prevén cambiar su clasificación o zona de actividad temporalmente por encima de las 150 millas náuticas de distancia a la costa españolan, en campañas en el Atlántico Norte de duración no superior a cuatro meses.
- Cuarto. Revisión de los botiquines regulados en el resuelve tercero.
- Quinto. Dotación adicional del botiquín general a bordo de buques con un botiquín general tipo A que cuenten con una tripulación enrolada superior a 35 tripulantes.
- Disposición final. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II


