Legislación › Ley 2/2026, de 28 de abril, de simplificación administrativa, mercado abierto y calidad normativa.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
La presente ley será de aplicación a la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a sus organismos públicos y a los demás entes integrantes de su sector público cuando ejerzan potestades administrativas.
A los efectos de esta ley, para referirse a los órganos y entidades señalados en el párrafo anterior se utilizará en adelante, la expresión «la Administración autonómica».


