Legislación › Ley 2/2026, de 28 de abril, de simplificación administrativa, mercado abierto y calidad normativa.
Artículo 7. Consejería competente en materia de organización de los servicios públicos.
Artículo 7. Consejería competente en materia de organización de los servicios públicos.
1. Corresponde a la consejería competente en materia de organización de los servicios públicos, bajo la superior dirección y coordinación del Consejo de Gobierno, diseñar, dirigir e impulsar las políticas de simplificación administrativa, mercado abierto y calidad normativa.
2. El titular de la consejería constituirá un grupo de trabajo para el impulso, desarrollo y coordinación de las tareas de simplificación administrativa, que actuará bajo su dirección.


