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Legislación › Real Decreto 397/2026, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Mutualidad General Judicial, y por el que se modifica el Reglamento del Mutualismo Judicial, aprobado por el Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio.

Artículo 19. Patrimonio.

Artículo 19. Patrimonio.

Las cuotas, bienes, derechos, acciones y recursos de cualquier otra clase del Organismo Autónomo Mutualidad General Judicial constituyen el patrimonio de la misma, distinto del patrimonio del Estado, el cual está afecto al cumplimiento de los fines que le son propios.

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