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Real Decreto 397/2026, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Mutualidad General Judicial, y por el que se modifica el Reglamento del Mutualismo Judicial, aprobado por el Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio.

En vigor Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Publicada el 21 de mayo de 2026 · Último cambio el 21 de mayo de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Artículo único. Aprobación del Estatuto.
  3. Disposición adicional única. Referencias en las normas de fecha anterior.
  4. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  5. Disposición final primera. Modificación del Reglamento del Mutualismo Judicial aprobado por Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio.
  6. Disposición final segunda. Título competencial.
  7. Disposición final tercera. Normativa supletoria.
  8. Disposición final cuarta. Facultades de desarrollo.
  9. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  10. [firma]
  11. ESTATUTO
  12. CAPÍTULO I
  13. Artículo 1. Naturaleza y régimen jurídico.
  14. Artículo 2. Fines.
  15. Artículo 3. Sede.
  16. CAPÍTULO II
  17. Artículo 4. Órganos de gobierno, ejecutivos y de participación.
  18. Sección 1
  19. Artículo 5. Presidencia de MUGEJU O.A.
  20. Artículo 6. Funciones de la persona titular de la Presidencia.
  21. Sección 2
  22. Artículo 7. Composición.
  23. Artículo 8. Funciones.
  24. Artículo 9. Convocatoria y régimen jurídico.
  25. Sección 3
  26. Artículo 10. Naturaleza.
  27. Artículo 11. El director o la directora del Organismo Autónomo Mutualidad General Judicial.
  28. Artículo 12. La Secretaría General de la Mutualidad.
  29. Sección 4
  30. Artículo 13. Las Delegaciones Provinciales.
  31. Artículo 14. El Delegado o la Delegada Provincial.
  32. Sección 5
  33. Artículo 15. Composición.
  34. Artículo 16. Funciones.
  35. Artículo 17. Convocatoria y régimen jurídico.
  36. CAPÍTULO III
  37. Sección 1
  38. Artículo 18. Normativa aplicable.
  39. Sección 2
  40. Artículo 19. Patrimonio.
  41. Artículo 20. Adquisición, administración y disposición de los bienes patrimoniales.
  42. Artículo 21. Recursos económicos.
  43. Artículo 22. Sistema financiero.
  44. Sección 3
  45. Artículo 23. Régimen presupuestario.
  46. Artículo 24. Régimen de intervención y control.
  47. Artículo 25. Régimen contable.
  48. Artículo 26. Régimen de tesorería y créditos.
  49. Sección 4
  50. Artículo 27. Régimen de contratación.
  51. Artículo 28. Régimen del personal.
  52. CAPÍTULO IV
  53. Artículo 29. Recursos y régimen jurisdiccional.