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Legislación › Real Decreto 402/2026, de 20 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Educadoras y Educadores Sociales.

Artículo 22. Duración del mandato.

Artículo 22. Duración del mandato.

La duración del mandato de las personas miembros de la Junta de Gobierno será de cuatro años, computados a partir de la fecha de su toma de posesión, y no podrán de ser reelegidos consecutivamente más de una vez para el mismo cargo.

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