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Real Decreto 402/2026, de 20 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Educadoras y Educadores Sociales.

En vigor Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 · Publicada el 21 de mayo de 2026 · Último cambio el 21 de mayo de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Artículo único. Aprobación de los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Educadoras y Educadores Sociales.
  3. Disposición transitoria única. Régimen transitorio aplicable a los Órganos de gobierno.
  4. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  5. Disposición final primera. Título competencial.
  6. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  7. Disposición final tercera. Salvaguarda de competencias.
  8. [firma]
  9. ESTATUTOS
  10. CAPÍTULO I
  11. Artículo 1. Naturaleza y ámbito.
  12. Artículo 2. Funciones.
  13. CAPÍTULO II
  14. Sección 1
  15. Artículo 3. Órganos.
  16. Sección 2
  17. Artículo 4. Composición.
  18. Artículo 5. Funcionamiento.
  19. Artículo 6. Reuniones.
  20. Artículo 7. Constitución.
  21. Artículo 8. Toma de acuerdos.
  22. Artículo 9. Representación delegada.
  23. Artículo 10. Funciones.
  24. Sección 3
  25. Artículo 11. Composición.
  26. Artículo 12. Funcionamiento.
  27. Artículo 13. Reuniones.
  28. Artículo 14. Funciones.
  29. Artículo 15. Funciones de los miembros de la Junta de Gobierno.
  30. Sección 4
  31. Artículo 16. Condiciones de elegibilidad.
  32. Artículo 17. Electorado.
  33. Artículo 18. Presentación de candidaturas para la elección de las personas miembros de la Junta de Gobierno del Consejo General.
  34. Artículo 19. Elección de la Vicepresidencia, Secretaría General, Tesorería y Vocales.
  35. Artículo 20. Votación y escrutinio de la Vicepresidencia, Secretaría General, Tesorería y Vocales.
  36. Artículo 21. Elección de la Presidencia: votación, escrutinio y proclamación.
  37. Artículo 22. Duración del mandato.
  38. Artículo 23. Cese.
  39. Sección 5
  40. Artículo 24. Moción de censura.
  41. CAPÍTULO III
  42. Artículo 25. Recursos económicos del Consejo General.
  43. CAPÍTULO IV
  44. Artículo 26. Recursos administrativos y jurisdiccionales.